Personero de los estudiantes

Es un(a) estudiante de último grado, elegido(a) por votación democrática por todos los estudiantes del plantel de Preescolar a noveno grado. Actúa como Personero(a) y promueve los deberes y derechos consagrados en la Constitución Política, en la Ley 115 General de Educación Art 44 y adoptados por la Institución en el Manual de Convivencia vigente.

El Personero(a) debe cumplir con las siguientes condiciones y exigencias para el desempeño de su cargo: conocer la filosofía del colegio, ser sensible a la práctica de los derechos y deberes, tener excelentes relaciones humanas con todos los miembros de la comunidad educativa, ser hábil en la solución de conflictos y problemas, distinguirse por su responsabilidad, lealtad, honestidad y rectitud; ser capaz de elaborar proyectos y promoverlos en la comunidad educativa, tener buen rendimiento académico y excelente comportamiento.

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